STS 990/1997, 7 de Noviembre de 1997
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Frases clave
“ Queda probada la preexistencia de los objetos que se denuncian sustraídos, cuantificados pericialmente en 12.610.392 pesetas, como acertadamente explica la sentencia del Juzgado. Avala y refuerza tal situación los antecedentes demostrados e inmediatos a la sustracción, consistentes en que con fecha 28 de Febrero de 1.990 se realizó balance detallado y valorativo de existencia y maquinarias por Caser y que a su vez Portanova S.A., por consecuencia del cierre de la fábrica decretado por el Ayuntamiento (19 de Abril de 1990), llevó a cabo inventario que fué protocolizado el 21 de abril de 1990, del que se dió traslado a la aseguradora, que no lo rechazó expresamente, determinando dichas actuaciones que se ampliara la póliza suscrita, con aumento de la prima y de la cuantificación de las coberturas, lo que acredita su aceptación a cargo de la recurrente, que actúa como acreditativa de la preexistencia de los objetos robados y ocasionan que la demanda que creó el pleito procede ser estimada en la forma parcial que decreta la sentencia de la primera instancia. ”
Extracto
STS 990/1997, 7 de Noviembre de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 19, 20, 38
- Código Civil - Artículo 1253
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715