STS 755/1997, 10 de Septiembre de 1997

Enlazado como:


Frases clave


Pues bien en el "factum" de la sentencia recurrida, no aparecen recogidos los datos precisos de modificación del objeto y condiciones, para que exista tal novación, ya que, así se afirma en ella, el documento en que basa la parte recurrente su aserto impugnatorio "no refleja un concierto de voluntades obligacional, válido y eficaz", y porque aparece como un mero apunte rubricado resultante de unas conversaciones a modo de propuesta de acuerdo, que nada tiene que ver con la póliza aportada a la "litis". Además dicho convenio que tenía como base una prórroga en el pago, no se puede estimar, la misma, como una prórroga inconsentida por los fiadores, desde el instante mismo que en la Póliza de crédito -origen del préstamo- habían prestado un explícito consentimiento a una posible prórroga que la C. de A, de O. podía conceder a la entidad deudora "I.H., S.A."; pero es que incluso, dada la situación de suspensión de pagos en que se encontraba inmersa la sociedad "I.H.,S.A." tal convenio para producir efectos, tenía que haber sido conformado por los interventores.

Extracto


STS 755/1997, 10 de Septiembre de 1997

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento