STS 223/1995, 14 de Marzo de 1995

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Frases clave


El motivo noveno con sede en el número 5° del artículo 1.692 de la Ley de Enjuiciamiento Civil acusa la vulneración del artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro. En efecto, conforme a dicho precepto, párrafo 1° último inciso, en las circunstancias fácticas puestas de relieve en el Fundamento de Derecho precedente al no haber sido abonada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de la obligación de pagar la indemnización lo que comporta la estimación del motivo con la paralela declaración de pertinencia del recurso y casación de la sentencia recurrida, máxime si se tiene en cuenta la diferencia que establece el artículo 21 de la Ley de Contrato de Seguro entre los efectos de las comunicaciones y "pago de primas" entre el tomador del seguro y la aseguradora cuando el "intermediario" es, como en este caso, un Agente libre de Seguros.

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Extracto


STS 223/1995, 14 de Marzo de 1995

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