STS 93/2002, 11 de Febrero de 2002

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Resumen


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Frases clave


La sentencia fija la indemnización en el importe de seiscientas mil pesetas, pero no explica ni apoya con base probatoria expresada como alcanza dicha cantidad, por lo que no procede ser aceptada, dada la arbitrariedad que representa y ello hace necesario que en trámite de ejecución de sentencia se fije el valor económico-artístico de las esculturas sustraídas, teniéndose en cuenta cuantos datos puedan contribuir a la determinación de dicho importe

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Extracto


STS 93/2002, 11 de Febrero de 2002

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