STS 298/2008, 8 de Mayo de 2008
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Frases clave
“ El asegurador tomará a su cargo los honorarios de Arquitectos, Ingenieros, Inspectores, Asesores legales o de profesionales de cualquier especialidad, incluso Peritos tasadores, en que se haya incurrido necesariamente para el restablecimiento de la propiedad asegurada consiguiente a su destrucción o daño hasta el límite del 5% de la suma asegurada por la cobertura principal del continente, con un máximo de 5.000.000 de Ptas., previa justificación. Se estima la casación. ”
Extracto
STS 298/2008, 8 de Mayo de 2008
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 359
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 20, 38, 39
- Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (Ley 30/1995, de 8 de noviembre)
- Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados (Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre)
- STS 770/2005, 19 de Octubre de 2005