STS 789/1998, Wednesday July 29, 1998
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“ el Juez considera que el documento traído a las actuaciones por la demandante no debe ser tenido en cuenta y entiende que el realmente suscrito por las partes es el obrante en el folio 46, pues es original y no una copia, no contiene ninguna manipulación visible en el apartado de las garantías, refleja como número el 55570 coincidente con los recibos aportados y, en cuanto a la prima que recoge, correspondía a la que efectivamente pagó el demandante, sin que en los documentos facilitados se aprecie como garantía cubierta, en la modalidad "seguro de conductor", la de muerte o invalidez por causa de muerte y, aunque a partir del año 1987 consta esa cobertura, está referida al supuesto de atraco, pero no a cualquier otro. ”
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STS 789/1998, Wednesday July 29, 1998
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This document cites
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885)
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Articles 2, 3, 18, 20
- Código Civil - Articles 1091, 1100, 1256, 1281, 1288
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Articles 523, 710, 1692, 1715