STSJ Cataluña 2746/2005, March 30, 2005
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“ en materia de responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia de la empresa colaboradora de las contingencias, doctrina plenamente aplicable al supuesto de autos en donde la colaboración de la gestión en cuanto a las prestaciones por Incapacidad Temporal derivadas de enfermedad común se lleva a cabo por una Mutua de Accidentes y Enfermedades profesionales, que se puede resumir en las siguientes pronunciamientos: ”
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This document cites
- Constitución Española de 1978 - Article 41
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Articles 191, 219
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Articles 2, 4, 26, 38, 94, 126
- Reglamento sobre Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (Real Decreto 1993/1995, de 7 de Diciembre) - Article 71