STS 1078/1997, 27 de Noviembre de 1997

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Resumen


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Frases clave


Se dió concurrencia intensa y determinante del resultado final por causa de actuaciones omisivas de los servicios sanitarios e ingeniería interna del Insalud, por lo que este ente ha de asumir las responsabilidades consecuentes a las mismas no personalizadas y que se encuadran en el artículo 1902 del Código Civil, al efecto de reparar económicamente los resultados dañosos ocasionados, por referirse a conducta propia que no desvirtúa la posible subsunción de la conducta ilícita civil por las actuaciones de los profesionales dependientes de la entidad recurrente.

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Extracto


STS 1078/1997, 27 de Noviembre de 1997

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