STS, 21 de Enero de 2002
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Frases clave
“ La cuestión no es pues la de si se dió o no traslado a las sociedades interesadas de la propuesta de resolución, si no la de si la Administración aplicó o no correctamente el artículo 19.2 del Reglamento para prescindir del trámite de audiencia. Las sociedades recurrentes, en el motivo casacional que examinamos, no combaten esta decisión de la Administración ni argumentan o justifican de alguna manera que ésta haya hecho uso indebido de la facultad que le concede el repetido precepto reglamentario, ”
Extracto
STS, 21 de Enero de 2002
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 134, 135
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona (Ley 62/1978, de 26 de diciembre)
- Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto) - Artículos 13, 19