STS, 26 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Aceptada esta doctrina, resulta que en nada se aparta de ella la argumentación de la Sala de instancia, que se funda en la inexistencia de prueba alguna de cargo valorable jurídicamente, por no haber sido aportada por la Administración, inactividad de ésta que impide a la jurisdicción aceptar como verdad relevante en derecho aquella en que se funda la decisión sancionadora aplicada al actor, sin que quepa olvidar que ni siquiera un elemento probatorio tan trascendente como pudiera ser el acta de la Inspección de Trabajo a la que se alude en el acto administrativo de expulsión como prueba de constancia de la falta de habilitación de los trabajadores, ha sido aportada ni al expediente ni al proceso. ”
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Extracto
STS, 26 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona (Ley 62/1978, de 26 de diciembre)
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 93, 95, 96
- Ley Organica 7/1985, de 1 de Julio, sobre derechos y Libertades de los Extranjeros en españa. - Artículo 26