STS, 24 de Septiembre de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


El resultado del examen de los autos es que no existe el menor vestigio documental ni de la petición de intervención telefónica, ni de su concesión, prórroga y control judicial durante la misma, lo que afecta a requisitos de legalidad constitucional que eximen el resto de las cuestiones de legalidad ordinaria, y la conclusión de ello es la real e insubsanable nulidad de la intervención, no ya como medio de prueba, sino también como medio de investigación por vulneración del art. 18- 3° de la Constitución Española.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 24 de Septiembre de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento