STS, 24 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ El resultado del examen de los autos es que no existe el menor vestigio documental ni de la petición de intervención telefónica, ni de su concesión, prórroga y control judicial durante la misma, lo que afecta a requisitos de legalidad constitucional que eximen el resto de las cuestiones de legalidad ordinaria, y la conclusión de ello es la real e insubsanable nulidad de la intervención, no ya como medio de prueba, sino también como medio de investigación por vulneración del art. 18- 3° de la Constitución Española. ”
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Extracto
STS, 24 de Septiembre de 2001
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