STS 409/1999, 8 de Marzo de 1999

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Frases clave


falta de asesoramiento jurídico en la diligencia policial de apertura del paquete y en la prestación de consentimiento para la misma, integró la vulneración del art. 17.3 de la CE., que preceptúa la asistencia de Abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales; siendo de aplicar al caso la doctrina establecida en la sentencia 1585/97 de 18.12, de esta Sala, que entendió transgredido el art. 17.3 de la CE., en el supuesto del detenido que autoriza a la policía el registro domiciliario, sin estar asistido de letrado.

Extracto


STS 409/1999, 8 de Marzo de 1999

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