STS 1426/2002, 18 de Julio de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ El nuevo criterio jurisprudencial establecido en el Pleno no jurisdiccional de esta Sala, de fecha 19.10.2001, en el que se consideró como cantidad de notoria importancia, a los efectos de la aplicación del subtipo agravado contenido en el apartado 3º del artículo 369 del Código Penal, la equivalente a 500 dosis del consumo diario estimado de un adicto medio. Y como según informe del Instituto Nacional de Toxicología, el consumo diario para la cocaína se cifra en la cantidad de 1,5 gramos ello determina un total de 750 gramos para las 500 dosis. ”
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Extracto
STS 1426/2002, 18 de Julio de 2002
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 18
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 66, 368, 369
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 11
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 903
- STS 1698/2001, 10 de Noviembre de 2001