STS, 20 de Noviembre de 1998
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Frases clave
“ El artículo 189, 1 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral señla como resoluciones recurribles las dictadas en reclamaciones que excedan de 300.000 pts , excluyendo a sensu contrario las restantes, salvo los supuestos previstos en el apartado b) de afectación de gran número de trabajadores alegada y probada en el juicio, o que posea claramente un contenido de generalidad no puesto en duda por ninguna de las partes ”
Extracto
STS, 20 de Noviembre de 1998
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