STS, 15 de Octubre de 2001

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Resumen


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Frases clave


Cuanto se ha dicho en el fundamento jurídico precedente, al examinar el posible fundamento del recurso formulado por el otro recurrente, debe reiterarse aquí para llegar a la misma conclusión desestimatoria del motivo ahora examinado; argumentos que aparecen reforzados por la doble consideración de haber sido el aquí recurrente el acusado al que se ocupó el reloj sustraído a una de las víctimas y tratarse del acusado de raza negra. No cabe negar todo valor a los argumentos esgrimidos en el recurso, pero lo que no puede ignorarse es que la convicción del Tribunal es consecuencia de la valoración conjunta de la prueba y que la diligencia de reconocimiento en rueda (que no es de práctica obligada para el Juez de Instrucción) constituye, a tal fin, uno más de los elementos de juicio de los que ha dispuesto el Tribunal para formar su convicción respecto de los hechos que declara probados.

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Extracto


STS, 15 de Octubre de 2001

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