STS 102/2000, 4 de Febrero de 2000

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Frases clave


El motivo debe ser también desestimado pues es reiterada la doctrina de esta Sala en el sentido de que la imperfección ejecutiva de alguno de los hechos objeto de acusación y condena no impide la consideración global de todos ellos como un delito continuado, incluido el frustrado o intentado, ya que las circunstancias en atención a las cuales se aprecia la continuidad delictiva se dan, igualmente, en todos los delitos acumulables, con independencia de cual fuere el grado de perfección o imperfección ejecutiva de los mismos. (S.T.S. 29 de abril de 1989, 28 de abril de 1998 y 9 de julio de 1999, entre otras). En el caso actual, por tanto, el delito continuado abarca tando el robo intentado como el consumado, como se ha estimado correctamente en la sentencia de instancia, por lo que no cabe apreciar la infracción legal denunciada.

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Extracto


STS 102/2000, 4 de Febrero de 2000

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