STS, 6 de Marzo de 1997

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Frases clave


En ese sentido resulta ahora que el artículo 242 castiga el robo con violencia e intimidación únicamente, sin otra distinción, con lo cual se pone de manifiesto la voluntad del legislador para acabar con las figuras complejas que los cuatro primeros números del antiguo artículo 501 contemplaban. Es decir, que en la nueva legislación han de enjuiciarse separadamente la violación y el robo con violencia e intimidación, aunque hubieren sido consumados conjuntamente.

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Extracto


STS, 6 de Marzo de 1997

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