STS 874/2000, 24 de Mayo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ A la vista de estos antecedentes se llega a la conclusión, de que el proceso de investigación previo y el enjuiciamiento realizado en la fase del juicio oral, no han conseguido aportar al procedimiento las pruebas necesarias para enervar los efectos protectores de la presunción de inocencia. Todo el material probatorio acopiado durante los trámites de investigación, tiene que someterse a contraste en el acto del juicio oral, bajo el prisma de la publicidad, inmediación y contradicción. La única diligencia practicada, a la vista de la incomparecencia de la testigo, fue la lectura de los folios 20, 24, 25, 40 y 41 de las actuaciones en los que constan unas diligencias de reconocimiento en rueda practicada en Comisaría, las manifestaciones de la denunciante y el reconocimiento fotográfico, así como su declaración ante el Juez. ”
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Extracto
STS 874/2000, 24 de Mayo de 2000
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 1, 2, 237, 242
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849