STS 475/2000, 23 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ las declaraciones testificales sobre su intervención en el robo no se limitaron a este dato de su comportamiento sino a todo lo demás que el relato histórico de la Sentencia recoge. Son declaraciones testificales, que tienen el carácter de pruebas de cargo válidamente practicadas en Juicio Oral con observancia de los principios de inmediación y contradicción, y cuya valoración compete al Tribunal de instancia de conformidad con el artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tomando su convicción sobre lo ocurrido, en juicio valorativo que a la luz de los parámetros referidos no resulta irrazonable ni absurdo. ”
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Extracto
STS 475/2000, 23 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24 24.2
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 11.2
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