STS, Thursday April 25, 1996

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el autor del Recurso postula, en primer lugar, el máximo efecto reductor de la atenuante privilegiada de menor edad del art. 9-3° del C.Penal y, en especial, la sustitución de la pena por el internamiento en una institución especial de reforma, así como, en un segundo término, solicita la aplicación -de ahí que denuncie expresamente la infracción- del art. 9-10° del C.P. en base a la cualidad de toxicómano del condenado recurrente.

La pretensión deducida en primer término no tiene acceso a la casación puesto que supone revisar una facultad sometida al ámbito del Tribunal que no admite censura en este trance según una reiterada doctrina (SS de 26-6-84, 25-6-86 y 31-1-92) dado el carácter de discrecionalidad máxima que ostenta el supuesto.

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STS, Thursday April 25, 1996

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