STS, 2 de Marzo de 2001

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Frases clave


en las manifestaciones hechas por la perjudicada se recogen un total de dinero y objetos que dijo valorar en ciento ochenta y cuatro mil pesetas, pero, el mismo día en que así declaró, hay constancia de que reconoció algunos de los objetos que le fueron sustraídos y estos le fueron devueltos sin que se haya procedido a tasar el valor de los no recuperados por los que, naturalmente, habrá de indemnizar el condenado a la dueña, pero no aparecen con ello infringidos los artículos del Código Penal que se dicen por el recurrente y procede, pues, en ese limitado aspecto acoger el motivo, para tan solo que se fije en ejecución de sentencia el valor de lo no recuperado.

Extracto


STS, 2 de Marzo de 2001

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