STS, 2 de Julio de 1992

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Resumen


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Frases clave


La presunción constitucional de inocencia que invoca el correlativo del recurso debe desenvolver sus efectos absolutorios porque no existe, practicada con las garantías procesales de rigor, ninguna prueba de signo inculpatorio. El acusado y recurrente mantuvo la negativa desde la indagatoria al juicio oral, y no hay otra prueba de los hechos; las declaraciones de Lorenza, coacusada y absuelta en esta causa, sobre la procedencia del video substraído, no tienen el valor de prueba de cargo porque no fueron sometidas a contradicción en el juicio oral y, en todo caso, porque no expresan más que haber recibido de Marcos, sin explicación alguna, el video substraído, dato que, por sí solo, es insuficiente para sostener la acusación por robo que hace la acusación pública.

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Extracto


STS, 2 de Julio de 1992

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