STS, 13 de Marzo de 2004
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Frases clave
“ Así, pues, al haberse operado una exclusión de responsabilidad para los contribuyentes por ingresos fuera de plazo sin requerimiento como consecuencia de la inconstitucionalidad declarada del recargo, un acto de aplicación del mismo, como el aquí controvertido, incidió en el grado máximo de nulidad, situación esta que le hace acreedor, necesariamente, a su apreciación en este recurso, máxime cuando la sentencia aquí impugnada no sacó las consecuencias debidas de su calificación del acto como nulo de pleno derecho y de naturaleza sancionadora, respecto del que la doctrina prospectiva que subyace en el art. 40.1 LOTC --respeto a situaciones que hubieren ganado firmeza-- no puede ser apreciada y la eficacia anulatoria, por excepcion expresa de la ley en este caso, debe ser aplicada "ex tunc". ”
Extracto
STS, 13 de Marzo de 2004
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre) - Artículo 40
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 102
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre) - Artículos 61, 153, 154
- Ley 46/1985, de 27 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1986.