STS, 25 de Abril de 2000

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Frases clave


En el curso argumental del escrito de demanda se razona en pro de que la actora en el proceso por despido -y en el presente de revisión- no cometió los hechos con base en los cuales se declaró en definitiva procedente su despido, y también se trata de fundamentar que, en último término, el presunto incumplimiento que dio motivo a la máxima sanción de la trabajadora habría prescrito, conforme a lo dispuesto en el art. 60.2 del ET. Pero el tratamiento de tales cuestiones no tiene cabida en el recurso extraordinario de revisión, pues ello supondría, bien una nueva valoración probatoria, o bien un reenjuiciamiento de la acción que fue objeto del proceso laboral, ninguna de cuyas pretensiones puede constituir el objeto de la demanda de revisión, tal como quedó razonado en el segundo fundamento de la presente.

Extracto


STS, 25 de Abril de 2000

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