STS, 9 de Octubre de 2001

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Frases clave


En definitiva, lo que éstas últimas han plasmado a través del cauce de su demanda revisional es una subjetiva y personal discrepancia respecto al fallo decisorio de la sentencia recurrida; discrepancia a todas luces comprensible, pero que no es atendible en el escueto y excepcional marco discursivo del presente recurso y que, en cualquier caso, no demuestra palpablemente que la sentencia impugnada haya incurrido en un error judicial estricto.

Extracto


STS, 9 de Octubre de 2001

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