STS, 14 de Abril de 2002

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Frases clave


La acción judicial para el reconocimiento del error deberá instarse inexcusablemente en el plazo de tres meses a partir del día en que pudo ejercitarse", día que según doctrina reiterada y completamente consolidada de esta Sala Tercera, que excusa de la cita concreta de sentencias, es el de la notificación de la sentencia, que es cuando la parte la conoce y puede apreciar o descubrir el error cometido, a su juicio,

Extracto


STS, 14 de Abril de 2002

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