STS 965/1998, 27 de Octubre de 1998

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Resumen


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Frases clave


dado que la apelación supone una revisión de las cuestiones planteadas en la primera instancia, salvo aquellas que hayan quedado firmes, por no haber sido objeto del recurso, puede el demandado apelado reproducir en el acto de la vista todas motivos de oposición a la demanda sin necesidad de adherirse a la apelación, salvo en el caso de que se trate de excepciones procesales o de fondo que impidan a entrar en el examen de la cuestión litigiosa en cuanto a su fondo, en cuyo caso su examen por el Tribunal de apelación solo podría realizarse si el demandado absuelto en el fondo se hubiese adherido a la apelación; teniendo en cuenta, por tanto, ese pleno conocimiento de la cuestión que corresponde al Tribunal de apelación, se desestima el motivo.

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Extracto


STS 965/1998, 27 de Octubre de 1998

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