STSJ Cataluña , May 26, 2000

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De la prueba pericial practicada, la cual ha sido objeto de ampliaci?n a instancia de la entidad recurrente ha quedado acreditado que la "finca de autos est? situada en suelo no urbanizable y tiene la clave 1.5.b servicios de evacuaci?n de aguas residuales y como tal no posee coeficiente de edificabilidad", no correspondi?ndole a la misma valor urban?stico (aclaraci?n tercera del dictamen emitido como mejor proveer), fijando el perito un valor del suelo de 10.139.520 pesetas al que habr? de a?adirse el 5% de afecci?n legal, por lo que en base al dictamen pericial y a las aclaraciones del mismo debe fijarse la indemnizaci?n por la retasaci?n solicitada en la cantidad se?alada por el perito procesal.

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STSJ Cataluña , May 26, 2000

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