STS 270/2000, 16 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ para atribuir la competencia a la jurisdicción contenciosa, es solamente suficiente la exigencia de responsabilidad patrimonial a los entes públicos con independencia de la naturaleza de la obligación de la que nazca esa responsabilidad, ya sea debido a una actuación pública o privada; argumentación que vale para desestimar la invocada violación a la jurisprudencia que invoca ”
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Extracto
STS 270/2000, 16 de Marzo de 2000
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 139, 140, 141, 142, 143, 144
- Código Civil - Artículos 1902, 1903
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 2, 4, 6, 9
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715
- Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial (Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo)