STS, 27 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ en el presente caso nos encontramos ineludiblemente en un peligro potencial destacado, como es la celebración de una prueba automovilista en un circuito urbano, cuyo núcleo esencial es la velocidad de los vehículos participantes, en el que había unas zonas especificadas de peligro; pues bien, las personas ahora recurrentes y antes demandantes, accedieron a una de esas zonas de peligro, lo que no fue tajantemente prohibido por el vigilante nombrado por la organización, para lo que tenía facultades totales, limitándose únicamente a advertirlas del peligro de la zona, según la versión del vigilante, negado por las afectadas. ”
“ Pues bien, solo este dato, que indica que no se tomaron las medidas necesarias para evitar que el riesgo se transformara en siniestro, sirve para aplicar la teoría del riesgo que hace entrar de plena vigencia los efectos de la responsabilidad extracontractual ”
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Extracto
STS, 27 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1902, 1903
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 523, 715, 896, 1692