STS 279/2000, 25 de Marzo de 2000

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Resumen


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Frases clave


es reiterada y uniforme doctrina de esta Sala, cuya notoriedad excusa una cita pormenorizada de la misma, la de que toda denuncia de error de derecho en la valoración de la prueba requiere inexcusablemente la cita de algún precepto que, conteniendo alguna norma valorativa de prueba, se considere que ha sido infringido, cuya cita ineludible aquí no se ha hecho, ya que el único precepto invocado en el motivo (artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro) no contiene ninguna norma de la clase expresada, sin que, por otro lado, sea posible que en esta vía casacional se realice una nueva valoración de toda la prueba practicada en el proceso (que es, en definitiva, lo que la recurrente viene a pretender con este extraño motivo), ya que el presente recurso extraordinario no es una tercera instancia, como ya tantas veces se ha dicho.

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Extracto


STS 279/2000, 25 de Marzo de 2000

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