STS, 12 de Julio de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ el escrito considerado, al no formular propiamente motivos de casación, sino consideraciones jurídicas que entremezclan cuestiones de hecho y de Derecho, sin respeto a los hechos que la sentencia impugnada considera probados, y al citar de modo heterogéneo e indiferenciado diversas normas y jurisprudencia como infringidas, sin expresar el concepto en que cada una de dichas normas o las sentencias invocadas resultan vulneradas, quebranta las normas que regulan el recurso de casación ”
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Extracto
STS, 12 de Julio de 2002
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 1, 2, 62
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 100
- STS, 4 de Julio de 1997