STS 107/1997, 13 de Febrero de 1997

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Frases clave


en los supuestos de indemnización de daños y perjuicios cuyo conocimiento corresponde a la expresada jurisdicción, no se exige que el hecho causal sea un acto administrativo; corresponde al repetido orden jurisdiccional el conocimiento de las pretensiones contra la Administración por lesiones de los particulares, tanto cuando sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, como cuando lo sean de la actuación administrativa, en general e, incluso, de acciones u omisiones materiales o de hecho, y no ha sido demandada ninguna persona jurídica privada. Se razona en el motivo que el fundamento jurídico primero de la sentencia recurrida es insostenible desde el momento en que, "la competencia es una cuestión de orden público que no puede alterarse por la voluntad de los interesados, pues ello equivaldría a dejar sin efecto principios generales"

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Extracto


STS 107/1997, 13 de Febrero de 1997

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