STS 349/2000, April 10, 2000
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“ No ocurre lo mismo el Ministerio de Educación y Ciencia, pues, aunque no fueron demandados los Profesores encargados de la vigilancia en el recreo, su conducta merece reproche al estar probado que ni siquiera se enteraron del suceso, ni que de alguna manera se desvirtuara que el juego de donde derivó el accidente era compartido conjuntamente por niños de corta edad y adolescentes; y, además, la atención facilitada al lesionado por la Profesora, que impartía lecciones en el aula, quién tampoco figura como parte en este proceso, fue superficial e incorrecta, habida cuenta de que se limitó a aliviarlo con un poco de agua y a llevarlo a las dependencias de Secretaría, donde no hay constancia de que se le prestara ningún tipo de socorro sanitario, a la espera de que lo recogiera la madre de aquél al terminar las clases de la mañna, de todo lo cual deviene la responsabilidad de la Administración por la incidencia en este caso de los presupuestos legales para ello. ”
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STS 349/2000, April 10, 2000
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This document cites
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Article 40
- Constitución Española de 1978 - Article 106
- Código Civil - Articles 1902, 1903
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Article 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Articles 523, 693, 710, 921, 1692, 1715