Resolución número 115 de 2021, por la cual se aprueba el cargo máximo base de comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el Mercado Relevante conformado por los municipios de Guaranda y Majagual en el Departamento de Sucre, según solicitud tarifaria presentada por la Empresa Servicios Públicos Colombianos S.A.S. E.S.P
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Resolución número 115 de 2021, por la cual se aprueba el cargo máximo base de comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el Mercado Relevante conformado por los municipios de Guaranda y Majagual en el Departamento de Sucre, según solicitud tarifaria presentada por la Empresa Servicios Públicos Colombianos S.A.S. E.S.P
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Documentos citados
- Régimen de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994) - Artículos 14, 73, 88, 126
- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) - Artículo 37
- Decreto 2897 de 2010, por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 1340 de 2009. - Artículos 1, 4
- Ley de protección de la competencia.(Ley 1340 de 2009) - Artículo 7
- Resolución número 137 de 2013, por la cual se establecen las Fórmulas Tarifarias Generales para la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados - Artículo 4