Resolución número 045 de 2018, por la cual se aprueba el cargo máximo base de comercialización de gas combustible por redes de tubería, para el mercado relevante especial conformado por los centros poblados de Peñitas, Jarantiva, Capilla, Alto Capilla, Urumal, Alto Cantano, Bajo Cantano, Bajo Guamito, río Suárez, Montes, Bajo San Dimas, Medios, Petaqueros, Culebrilla, Bajo Semisa, Alto Semisa, Semisa, Iroba, Rincón, Cuchilla, Popoa Norte, Popoa Sur y Popoita, perteneciente al municipio de Puente Nacional, departamento de Santander, según solicitud tarifaria presentada por la Empresa Promesa S. A. E.S.P
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Resolución número 045 de 2018, por la cual se aprueba el cargo máximo base de comercialización de gas combustible por redes de tubería, para el mercado relevante especial conformado por los centros poblados de Peñitas, Jarantiva, Capilla, Alto Capilla, Urumal, Alto Cantano, Bajo Cantano, Bajo Guamito, río Suárez, Montes, Bajo San Dimas, Medios, Petaqueros, Culebrilla, Bajo Semisa, Alto Semisa, Semisa, Iroba, Rincón, Cuchilla, Popoa Norte, Popoa Sur y Popoita, perteneciente al municipio de Puente Nacional, departamento de Santander, según solicitud tarifaria presentada por la Empresa Promesa S. A. E.S.P
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Documentos citados
- Régimen de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994) - Artículos 14, 73, 88, 126
- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) - Artículo 37
- Decreto 2897 de 2010, por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 1340 de 2009.
- Ley de protección de la competencia.(Ley 1340 de 2009) - Artículo 7
- Decreto número 1260 de 2013, por el cual se modifica la estructura de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)