Resolución de 5 de noviembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Jerez de la Frontera n.º 1, por la que se suspende la inscripción de un acta notarial en la que se concluye un procedimiento de rectificación de descripción previsto en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria.
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Resolución de 5 de noviembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Jerez de la Frontera n.º 1, por la que se suspende la inscripción de un acta notarial en la que se concluye un procedimiento de rectificación de descripción previsto en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria.
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Documentos citados
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículos 18, 19, 199, 201, 202, 203, 208, 322, 325, 326, 328
- Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre)
- Reglamento Hipotecario (Decreto de 14 de febrero de 1947)
- Reglamento de Organización y Régimen del Notariado en materia de Ingreso en el Cuerpo de Notarios (Decreto de 2 de junio de 1944)
- Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre) - Artículo 28