Resolución de 22 de noviembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Tudela n.º 1, por la que se deniega la práctica de un asiento de presentación respecto de una instancia para la rectificación de una inscripción.
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Resolución de 22 de noviembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Tudela n.º 1, por la que se deniega la práctica de un asiento de presentación respecto de una instancia para la rectificación de una inscripción.
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículos 1, 3, 17, 18, 19, 24, 38, 40, 66, 82, 211, 212, 216, 217, 248, 258, 322, 325, 328, 329
- Reglamento Hipotecario (Decreto de 14 de febrero de 1947) - Artículo 420
- Resolución de 2 de marzo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Andrés Prieto Alonso de Armiño contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Balmaseda, a practicar asiento de presentación de una instancia.
- Resolución de 15 de marzo de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Francisco Javier Angulo Fernández frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid n.º 2 a inscribir el testimonio de una sentencia.