Resolución de 12 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil de Madrid n.º XXII a inscribir la dimisión como administrador solidario de una entidad.
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Resolución de 12 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil de Madrid n.º XXII a inscribir la dimisión como administrador solidario de una entidad.
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Documentos citados
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículos 325, 328
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 18
- Reglamento del Registro Mercantil (Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio) - Artículos 6, 147, 192
- Resolución de 21 de noviembre de 1992
- Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio) - Artículo 235