Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, por la que se suspende la inscripción de determinada cláusula de los estatutos de una comunidad.
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Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, por la que se suspende la inscripción de determinada cláusula de los estatutos de una comunidad.
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Documentos citados
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículos 18, 19, 323, 325, 328
- Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre) - Artículo 5
- Código Civil - Artículos 396, 397, 606
- Ley sobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) - Artículos 5, 14, 17
- Real Decreto por el que se regula el Derecho de los Interesados para Instar la Intervención de Registrador Sustituto (Real Decreto 1039/2003, de 1 de agosto)