Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.
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Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 38
- Código Civil - Artículos 1, 271
- DECRETO 57/1988, de 7 de abril,</strong>por el que<strong> se dictan normas sobre protección de menores.
- DECRETO 109/1993, de 20 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, </strong>por el que<strong> se regula la Autorización, la Acreditación y el Registro de las entidades, servicios y centros de carácter social en Castilla y León.
- Ley de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León (Ley 14/2002, de 25 de julio)