STS, 31 de Octubre de 2001

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Frases clave


La propuesta hecha por el Ministerio Fiscal debe de prosperar y por lo tanto procede declarar la nulidad de todo lo actuado desde que se admitió a trámite el escrito anunciando el interesado el recurso de suplicación, pues, de conformidad con lo dispuesto en el art. 189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral no procedía interponer el indicado recurso contra la sentencia de instancia, puesto que la cuantía que da derecho a interponerlo ha de alcanzar como mínimo las 300.000 ptas.

Extracto


STS, 31 de Octubre de 2001

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