STS, 11 de Noviembre de 1998

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Resumen


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Frases clave


si la Mutua de Accidentes en función de anticipo satisface prestaciones queda subrogada en los derechos del beneficiario y si a éste incumbe acción al respecto frente al INSS y la TGSS, no es dudoso concluir que aquélla goza de facultad para exigir de éstos, en el plano de subsidiariedad, el reintegro de lo anticipado,

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Extracto


STS, 11 de Noviembre de 1998

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