Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
› ›
Enlazado como:Extracto
Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
DEROGADA PARCIALMENTE por
- Real Decreto 752/1992, de 27 de junio, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. - Artículos : 8..12
MODIFICADA por
- Real Decreto 752/1992, de 27 de junio, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. - Artículos : 1..7
- Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, aprobado por Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto.
- Real Decreto 889/1987, de 26 de Junio, por el que se modifica el articulo 15 del Reglamento de la Oficina de Interpretacion de Lenguas.
[ver más]
CORREGIDA por
DESARROLLADA por
- ORDEN DE 21 DE MARZO DE 1997 por la que se desarrolla el Articulo 15.2 del Real decreto 2555/1977, de 27 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretacion de Lenguas.
- Orden de 30 de mayo de 1988 por la que se desarrolla el capítulo iii del Reglamento de la oficina de interpretación de lenguas.
DEROGADA por
Documentos citados