Real Decreto 1723/1984, de 20 de junio, por el que se da nueva redacción del Real Decreto 1999/1979, de 29 de junio, sobre el Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas.
› ›
Enlazado como:Extracto
Real Decreto 1723/1984, de 20 de junio, por el que se da nueva redacción del Real Decreto 1999/1979, de 29 de junio, sobre el Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
DEROGA PARCIALMENTE
DEROGADA por
CORREGIDA por
DESARROLLADA por
- Orden de 2 de septiembre de 1987 por la que se desarrolla el Real Decreto 1723/1984, de 20 de junio, en lo relativo a los Cursos de formación específica para conductores de véhiculos que transporten mercancías peligrosas.
- Orden de 23 de octubre de 1985 por la que se aprueban las instrucciones para la actuación de los servicios de intervención en accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
PRORROGADA por
Documentos citados
- Real Decreto 3925/1982 de 29 de diciembre, por el que se amplían los plazos previstos en el Real Decreto 2910/1981, de 30 de octubre, para la entrada en vigor de la obligatoriedad del uso de tacógrafos en los vehículos automóviles.
- Real Decreto 2916/1981, de 30 de octubre, </strong>por el que<strong> se establece la obligatoriedad del uso de los tacógrafos en los vehículos automóviles de transporte de personas y mercancías.
- Real Decreto 2619/1981, de 19 de junio, </strong>por el que<strong> se crea la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas y se determinan las competencias en la materia de los distintos Departamentos.
- Real Decreto 1677/1980, de 29 de agosto, </strong>por el que<strong> se aplazan y modifican los artículos 4.º y 8.º y marginal 10171 y anejo III del Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
- Real Decreto 1999/1979, de 29 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> un nuevo texto del Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (TPC) y se dictan normas complementarias al mismo.