STS, 22 de Abril de 1997

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Frases clave


inatacadas dolencias sólo la limitan moderadamente para la bipedestación y marcha, por lo que la invalidez resultante no puedE encuadrarse en el art. 137.4 de la Ley General de la Seguridad Social, como con acierto afirmó la sentencia recurrida, de ahí que no ha infringido la normativa citada, por lo que se impone su confirmación, previa desestimación del recurso.

Extracto


STS, 22 de Abril de 1997

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