ATS, 18 de Diciembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Sin embargo, un examen más detenido de la cuestión revela que todas las alegaciones expuestas van encaminadas a denunciar un defecto de naturaleza estrictamente procesal como es la adecuación o no del procedimiento efectivamente seguido para sustanciar y decidir las cuestiones objeto del litigio, cuyo examen, ciertamente, debe hacerse, como el de otros presupuestos y requisitos procesales, desde la perspectiva de la acción afirmada en la demanda rectora del procedimiento y de los hechos que la sustentan, mas sin que ello obste a la consideración del tema de la adecuación procedimental como estrictamente procesal, no relativo al fondo o, en la dicción del art. 477, a las "cuestiones objeto de debate", como claramente se deduce de la naturaleza jurídica del defecto alegado y resulta, además, de la calificación legal que le da el art. 416.1.4ª LEC 1/2000. La denuncia de tal vicio o defecto procedimental excede del ámbito del recurso de casación, cuya función nomofiláctica se proyecta sobre cuestiones materiales o sustantivas, mientras que las de naturaleza adjetiva, cual es la relativa a la "inadecuación del procedimiento" quedan reservadas al recurso extraordinario por infracción procesal, sin que consecuentemente pueda referirse el "interes casacional" a cuestiones procesales, por lo que el presupuesto de recurribilidad a que se refiere el art. 477.3 ha de versar necesariamente sobre temas jurídicos sustantivos ”
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Extracto
ATS, 18 de Diciembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 3, 248, 249, 250, 416, 477, 479, 480, 495
- Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona (Ley 62/1978, de 26 de diciembre)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 3, 481, 482, 483, 484, 486, 487
- STS 708/1996, 5 de Septiembre de 1996
- Council Regulation (EC) No 1347/2000 of 29 May 2000 on jurisdiction and the recognition and enforcement of judgments in matrimonial matters and in matters of parental responsibility for children of both spouses