ATS, 28 de Marzo de 2000

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Resumen


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Frases clave


Al corresponder a esta Sala decidir acerca de la competencia para conocer del presente recurso, toda vez que ha sido anulado el Auto de la Audiencia por el que se acordaba remitir las actuaciones y emplazar a las partes ante el Tribunal Superior de Justicia, es procedente estimar el recurso de súplica interpuesto, dejar sin efecto la providencia recurrida y acordar que, una vez se reciban las actuaciones, continúe la tramitación del recurso y se decida en cuanto a la competencia para conocer el mismo y, en su caso, su admisión.

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Extracto


ATS, 28 de Marzo de 2000

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