STS, 7 de Febrero de 2002

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Frases clave


no está permitido en casación, al no existir motivo alguno basado en el error de hecho en la apreciación de la prueba, sino que para combatirla es preciso alegar y justificar que, al verificar tal valoración de las pruebas en la instancia, se hubiese incurrido en infracción de normas o de jurisprudencia, o bien que resulte manifiestamente ilógica, irracional o arbitraria, conculcadora de principios generales del derecho o que desconozca las reglas de la prueba tasada, lo que no sucede en la sentencia recurrida, por lo que el recurso debió ser declarado inadmisible por falta de fundamento.

Extracto


STS, 7 de Febrero de 2002

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