STS, 9 de Marzo de 2001
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Frases clave
“ el propio recurrente en escrito dirigido a la Administración demandada, de fecha 24 de Noviembre de 1.995 (documento nº 6 de los acompañados con el escrito de demanda), reconocía tener ya noticias de la resolución objeto del recurso --la mencionada de 26 de Julio de 1.995--, y en que no deduce el procedimiento especial de la Ley 62/78 hasta el 11 de Diciembre siguiente, una vez transcurrido el plazo de diez días previsto para la interposición en el art. 8, 1 de aquélla, computado dicho plazo desde la indicada fecha de 24 de Noviembre, conforme a lo prevenido en el art. 58, 3 de la Ley 30/92, de lo que resulta, según la sentencia de instancia, la inadmisibilidad del recurso ”
Extracto
STS, 9 de Marzo de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 3, 58, 82
- Constitución Española de 1978 - Artículos 1, 2, 19, 24
- Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona (Ley 62/1978, de 26 de diciembre) - Artículos 1, 8
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 1, 3, 58, 82, 95, 102
- Ley Organica 7/1985, de 1 de Julio, sobre derechos y Libertades de los Extranjeros en españa. - Artículos 1, 26